| SI RECIBIÓ UNA NOTIFICACIÓN O INTIMACIÓN LO AYUDAMOS A CUMPLIR La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires continúa con la implementación de sistemas de gestión de información y de control, para reducir la evasión e impulsar un esquema contributivo que promueva una mayor equidad y la calidad de vida de todos los porteños. En la aplicación de estas herramientas se realizan constantes cruces inteligentes de información, con bases propias e información externa, así como relevamientos de distinta naturaleza. Los mismos permiten a esta Administración detectar inconsistencias, irregularidades o deudas en la situación impositiva de los contribuyentes de esta Ciudad. Además de los actos administrativos o judiciales pertinentes, con cada cruce se generan comunicaciones directas a los casos identificados, a fin de solicitarles información o acciones que regularicen su situación. Si usted ha recibido alguna de estas notas, intimaciones, notificaciones, etc., puede consultar en esta lista los instructivos que le indiquen cómo proceder o contactarse con nosotros, para poder cumplir con el requerimiento. Recuerde que: • La no regularización de las deudas administrativas permite a esta Administración proceder a iniciar las acciones judiciales tendientes al cobro compulsivo del monto adeudado, de conformidad con las normas vigentes. • El incumplimiento de las obligaciones fiscales pone en funcionamiento herramientas y medidas preventivas como el embargo en cuentas y activos financieros, en resguardo de la pretensión fiscal. • En los casos en los cuales se ha vencido el plazo otorgado por esta Administración en cada comunicación, las regularizaciones que se realicen estarán alcanzadas por las cuestiones administrativas o pecuniarias que establece el Código Fiscal y sus reglamentaciones. Planes de Facilidades: Puede consultar en esta misma página los planes de facilidades vigentes que le facilitan el cumplimiento de sus obligaciones fiscales: A partir del 1 de enero de 2010 el monto máximo de deuda a adherir para los Planes Especiales de Facilidades con condonación de intereses resarcitorios, es de $ 20.000 nominal. Este tope alcanza tanto a las deudas administrativas como para aquellas que se encuentren en gestión judicial. Las administrativas sólo se pueden cancelar por Internet, en cambio las judiciales se efectúan a través de los mandatarios judiciales. En este último caso se condonan los resarcitorios, no así los punitorios que se calculan a la fecha de la adhesión. Téngase en cuenta también que deben abonar los honorarios de ley (7% al contado y 10% en cuotas) • También se encuentran en vigencia los planes permanentes regulados por las Resoluciones 2722/SHyF/2004 (hasta 60 cuotas), y 3083/MHGC/08 y complementarias hasta 120 cuotas. IMPORTANTE: En caso de haber recibido una notificación que no se encuentra en esta lista, le agradeceremos comunicarlo a través del formulario electrónico de InfoRentas. INTIMACIONES: |