| Contribuyente de la Ciudad La presente medida permite realizar operativos sorpresa y encubiertos para constatar la entrega de los tickets o comprobantes de pago de las transacciones comerciales cotidianas y actuar ante el incumplimiento de la normativa vigente. Además posibilita que Usted colabore en forma activa con la tarea de fiscalización que realiza permanentemente este organismo en beneficio de todos.  | PREGUNTAS FRECUENTES | ¿Cómo se realiza la denuncia? Adjuntando foto o escaneo de los comprobantes no oficiales, o describiendo la situación en caso que no se le haya entregado el mismo. Se debe consignar también el nombre del establecimiento (en caso de disponerlo), lugar y dirección precisa, fecha y hora; y los datos del denunciante: nombre y apellido, DNI y domicilio. (Tenga en cuenta que para la Justicia la denuncia anónima por si sola no constituye antecedente fiscal alguno). ¿Cómo saber si un comprobante (factura o ticket) es válido y oficial? Debe contener: Razón Social, CUIT, Dirección, Numeración de la factura o ticket, Fecha, Total de Consumo o Compra realizada, y el CAI (si es factura) o la sigla CF (si es ticket) al pie. ¿Puede el denunciado conocer la identidad del denunciante? De ninguna manera, los datos personales del denunciante serán amparados por el secreto fiscal. ¿Qué sucede una vez enviado el mail? Se realiza un primer análisis de la información fiscal disponible, se abre un cargo de inspección y se dispone la visita del agente encubierto. ¿Cómo sé si mi denuncia fue recibida? Usted recibirá un correo electrónico en el cual se le notificará que se recepcionó su denuncia. ¿Debo vivir en la Ciudad de Buenos Aires para efectuar la denuncia? No, cualquiera puede realizar la misma, sin necesidad de tener domicilio en la referida jurisdicción. ¿Dónde puedo registrar denuncias? El ámbito geográfico donde puede efectuar denuncias de este tipo es la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Acceda al contenido de la Resolución Nº 140-AGIP-2012 desde aquí |