| Contribuyentes que pueden incluirse en este plan: TTodas las obligaciones fiscales adeudadas en sede administrativa que hubieran vencido con anterioridad al primero de Enero del año en que se formaliza el acogimiento al plan con excepción de las exclusiones previstas en el articulo 3º de la Res. Nº 249/AGIP/2008. Monto máximo a regularizar $ 20.0000 nominal Opciones de pago: al contado o hasta 12 (doce) cuotas iguales. -Es requisito indispensable para acceder a los beneficios de este plan no registrar vencimientos impagos para el año 2011. Pago al contado -Se condonan la totalidad de los intereses resarcitorios. Pago en cuotas: -Cantidad máxima de cuotas 12 (doce) -Se condona el 50% de los intereses resarcitorios. -Sólo será valido con el pago de la primera cuota en su fecha de vencimiento. Requisitos para el pago hasta en 12 cuotas: -Presentación del titular - DNI, LE, LC del responsable del plan - Original - Fotocopia - C.U.I.T. AFIP - Constancia emitida de la página actualizada En ambos casos, de tratarse de una persona jurídica ( Sociedades de Hecho o Sociedades irregulares) se deberá adjuntar: - DNI, LE, LC del integrante de la Sociedad responsable del plan. - Original - Fotocopia - C.U.I.T. AFIP - Constancia emitida de la página actualizada - Presentación por tercera persona o apoderado deberá, además de cumplimentar los puntos anteriores según corresponda , presentar: Autorizado: Autorización del titular responsable con certificación de la firma ante Escribano Público o Banco. - Original Apoderado: Poder suscripto ante Escribano Público. - Original - Fotocopia |