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Guí­a de Trámites e Instructivos
Plan de Facilidades de Pago (Resolución Nº 2722-SHyF-2004)
 

Lugar de presentación:

Centros de Gestión y Participación Comunal, consultar www.buenosaires.gob.ar     
Dirección General de Rentas, Viamonte 900, PB, CABA, de lunes a viernes de 9.30 a 15.30 hs.

 

 Pueden incluirse en este Plan de Facilidades:

- Todas las obligaciones que hubieran vencido con anterioridad al 1° de enero del año que se produzca el acogimiento y siempre que mediaran 90 (noventa) días corridos entre el vencimiento de las obligaciones que se pretenden regularizar y la presentación del acogimiento al Plan.

 60 CUOTAS: La deudas total del acogimiento podrá ingresarse hasta en 60 (sesenta) cuotas.

 CUOTA MINIMA:

- Para deudas menores de 50.000, cuota mínima $ 30.-
- Para deudas mayores o iguales de 50.000, cuota mínima de $ 1.000.-

 INTERÉS POR FINANCIACION:

- 1% mensual sobre saldo, es decir el 12% anual, el saldo de la deuda.

EL ACOGIMIENTO AL PLAN SOLO SERÁ VALIDO CON EL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA EN SU FECHA DE VENCIMIENTO. LA SEGUNDA CUOTA VENCERÁ A LOS DOS MESES DE OPERADO EL VENCIMIENTO DE LA PRMERA, Y A PARTIR DE ESTA CUOTA EL VENCIMIENTO SERÁ MENSUAL.

 

  Requisitos:

- Para iniciar el trámite deberá presentar el Formulario de acogimiento y Anexos suscriptos, acompañando:

Si el titular del anuncio es una Persona Física:

- Habilitación o boleta para verificar número de permiso

- Documento de Identidad
     - Fotocopia.

Si el anuncio es una Persona Jurídica:

- Acreditar la presentación legal, mediante Contrato Social o Estatuto de la Sociedad
     - Fotocopia

- Actas de asamblea y/o Directorio en las que se asignan autoridades

- AFIP-CUIT
     - Fotocopia

- Documento de Identidad del presentante
     - Fotocopia

 
 Modificado 22/01/10