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CARPETA INTERNA Nº 89042 / AGIP / 2009

CI N° 89042/DGR/2009
Motivo: s/ Nuevo Criterio de asignaciones puntuales.

 

SEÑOR SUBDIRECTOR GENERAL

                            Los presentes actuados se relac en modoionan con la asignación de deuda a partir de la ampliación del número de mandatarios necesarios a fin de desarrollar eficaz la gestión de cobro de la deuda fiscal en mora a 110 (ciento diez), siendo potestad de esta Administración en ampliar dicho guarismo en hasta un 20% (veinte por ciento); normado por el Decreto 1179/2008.

                            La modificación precitada, obliga a abandonar el criterio existente a la fecha, en punto a la asignación de contribuyentes cuya deuda pase a estado judicial; estableciendo el Decreto 42/2002, que deberán primar pautas objetivas de asignación.

                                   En dicho sentido, y hasta el momento que se pueda generar un método que equipare cantidad de casos y pesos combinado con la eficiencia en la gestión, y eficacia en el recupero, debe arbitrarse un sistema de atribución de casos que observe los módulos de imparcialidad, transparencia, previsibilidad, y tendiente a la equidad.

                                   Es por ello que se propone un sistema de asignaciones puntuales de conformidad con el anexo I que obra a fs. 1 en el que se indica, de acuerdo al antepenúltimo, penultimo y último dígito del número de inscripción (o del CUIT/CUIL según corresponda) será asignado el número de mandatario.

                                   Un ejemplo para este novedoso sistema es el siguiente: para el número de inscripción del ISIB 901 – 324968 – 2,  le corresponderá al mandatario 107, siempre según el criterio de asignación de fs. 1.

                                   En caso que la sección se encuentre vacante, si la terminación es impar, corresponderá asignar al mandatario inmediato anterior, y de ser par el número se le atribuirá al mandatario inmediato posterior. Si subsistiera la vacancia en cualquiera de ambos casos deberán escalar o descender un número de sección según corresponda.

                                   En el caso de Anuncios publicitarios, dado que en todos los casos el número de inscripción termina en 11, se traslada al quinto, cuarto y tercer dígito comenzando desde la izquierda. Ejemplo: el anuncio 332496811 le corresponderá al mandatario 107, ver Anexo I, en tanto que si se encuentra vacante se aplicarán los criterios esbozados en el párrafo que antecede.

 

                                     Con lo expuesto, se eleva para su aprobación o reparo. De conformar los lineamientos trazados en los presentes actuados, sírvase remitir los presentes a la Subdirección General de Sistemas para su implementación.

 

 

SUBDIRECCION GENERAL DE COBRANZAS
DR. CARLOS ALBERTO RUBINSTEIN

             S                                            /                                              D

 

SEÑOR SUBDIRECTOR GENERAL

                                   Conformando el nuevo criterio de asignaciones puntuales delineado en el párrafo que antecede, se remiten los presentes para su inmediata implementación.

SUBDIRECCION GENERAL DE SISTEMAS
Lic. Horacio FONTAN