| Ciudad de Buenos Aires, 26 de Marzo 2009.- Visto lo dispuesto en el art. 2º del Decreto Nº 6257 de fecha 17 de enero de 1977 (B.M.Nº15436) ,y Considerando Que el coeficiente progresivo-regresivo es de aplicación necesaria en los procedimientos de determinación de oficio respecto del impuesto sobre los ingresos brutos y sus antecesores temporales. Por ello, LA DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DISPONE Art.1º Autorizar el coeficiente progresivo-regresivo que a continuación se detalla: IPIM – ENERO 2009: 354,90 IPIM – FEBRERO 2009: 355,31 Coeficiente: 0,99884607807266 Art.2º Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, regístrese, comuníquese y archívese. Cdra. Analía Cristina Leguizamón Directora General Adjunta Direción General de Rentas Ministerio de Hacienda Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires |