| Ciudad de Buenos Aires, 12 de Mayo 2009.- Visto lo dispuesto en el art. 2º del Decreto Nº 6257 de fecha 17 de enero de 1977 (B .M .Nº 15436) y, Que el coeficiente progresivo-regresivo es de aplicación necesaria en los procedimientos de determinación de oficio respecto del impuesto sobre los ingresos brutos y sus antecesores temporales. Por ello, LA DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DISPONE Art.1º Autorizar los coeficientes progresivo-regresivo que a continuación se detallan: | Período | IPIM Definitivo | | Febrero / 2009 | 355,31 | | Marzo/ 2009 | 358,66 | | | | Coeficiente | | 0,99065967768917 | | Art.2º Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, regístrese, comuníquese y archívese. Cdra. Analía Cristina Leguizamón Directora General Adjunta Direción General de Rentas Ministerio de Hacienda Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires |