Ciudad de Buenos Aires, 12 de Mayo 2009.-

Visto lo dispuesto en el art. 2º del Decreto Nº 6257 de fecha 17 de enero de 1977 (B .M .Nº 15436) y,

Que el coeficiente progresivo-regresivo es de aplicación necesaria en los procedimientos de determinación de oficio respecto del impuesto sobre los ingresos brutos y sus antecesores temporales.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL ADJUNTA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

DISPONE

Art.1º Autorizar los coeficientes progresivo-regresivo que a continuación se detallan:

Período

IPIM Definitivo

Febrero / 2009

355,31

Marzo/ 2009

358,66

 

Coeficiente

0,99065967768917


 

Art.2º Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, regístrese, comuníquese y archívese.

 

Cdra. Analía Cristina Leguizamón
Directora General Adjunta
Direción General de Rentas
Ministerio de Hacienda
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
 

 

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