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RESOLUCIÓN Nº 242/AGIP/2009

Buenos Aires, 24 de Abril de 2009

VISTO: La Resolución N° 4969-DGR/04 (BOCBA N° 2099), y

CONSIDERANDO:

Que la citada Resolución reglamenta la operatoria que deberán seguir los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuando les correspondiera tributar conforme a la categoría del Régimen Simplificado;

Que el Artículo 20 de la misma, reglamenta las inscripciones en el Impuesto cuando se trate de inicio de actividades desarrolladas exclusivamente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que problemas técnicos en los sistemas informáticos ajenos a este Organismo han generado inconvenientes en el normal procedimiento de nuevas inscripciones en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

Que ante tal situación resulta necesario establecer una modalidad alternativa que permita a los contribuyentes que inician actividades en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires poder cumplir con sus obligaciones fiscales.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 215 del Código Fiscal vigente y su modificatoria Ley Nº 2997 (BOCBA Nº 3092),

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL
DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE

Artículo 1º.- El alta fiscal en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Categoría Régimen Simplificado, deberá efectuarse ante la Dirección General de Rentas, los Centros de Gestión y Participación Comunal, Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas.

Artículo 2º.- La inscripción se generará en el Régimen General, Categoría Contribuyentes Locales mediante el formulario aprobado y se deberá acompañar original y copia del Documento Nacional de Identidad y de la Constancia de Opción en el Monotributo Nacional Ley Nº 24977 y sus modificatorias.

Artículo 3º.- La presente operatoria tendrá vigencia desde el 21 de abril de 2009.

Artículo 4º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Rentas, a la Subdirección General de Sistemas y al Banco Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
 

Lic. Carlos G. Walter
Administrador Gubernamental
de Ingresos Públicos
AGIP-GCBA