Buenos Aires, 16 de marzo de 2010 VISTO: la Ley N° 2.603 (B.O.C.B.A. N° 2.846), la Resolución N° 500/AGIP/2008, y; CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer la estructura de la referida Administración; Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que, a fin de establecer mecanismos de administración y control de bienes capaces de asegurar su correcta registración asegurando su resguardo y conservación, resulta necesario optimizar y readecuar la estructura orgánico funcional de la Dirección de Administración dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que a tales efectos se propicia la creación del Departamento de Patrimonio dependiente de la Dirección de Administración, de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Por ello, en uso de las facultades que le son propias; EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL Artículo 1°.- Créase el Departamento de Patrimonio en el ámbito de la Dirección de Administración dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, conforme se detalla en el Anexo I, que a todos sus efectos forman parte de la presente. Artículo 2°.- Transfiérase las funciones correspondientes a la administración de bienes patrimoniales del Departamento Administrativo Contable dependiente de la Dirección de Administración al Departamento creado en el Artículo 1º de la presente. Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las Áreas dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Lic. Carlos G. Walter
|