| Buenos Aires, 19 de marzo de 2010 VISTO: la Ley Nº 2603, el Decreto Nº 1.416/GCABA/2004 (BOCBA Nº 2005) y lo actuado en el Expediente Nº 1.351.131/2009, y; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2603 consagra a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos como ente autárquico institucional con facultades propias de administración y financiamiento de sus recursos; Que oportunamente el Decreto Nº 1.416/2004 instituyó como Autoridad de Aplicación del Concurso Anual de Artículos Científicos sobre: “Cambios demográficos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, a la entonces Dirección General de Estadística y Censos; Que por el citado Expediente la Dirección General de Estadística y Censos, hoy en dependencia directa de la Administración Gubernamental de Ingresos públicos, propicia la necesidad de elevar las sumas que como premio establece el artículo 2º del Decreto Nº 1.416/2004, en razón del transcurso del tiempo desde que fueron estipuladas; Que la experiencia acumulada durante estos años ha justificado claramente la importancia y relevancia de los trabajos presentados, con el consiguiente desarrollo de la labor investigativa y científica que han evidenciado los concursantes y que propenden en consecuencia a fortalecer el Sistema Estadístico de la Ciudad; Que el sustento de la petición que se formula se encuadra en la oportuna y necesaria adecuación temporal de las cifras dinerarias históricamente establecidas, y a las cuales se propugna otorgarles mayor cuantía, para recompensar debidamente a quienes resulten ganadores del citado Concurso; Que el nuevo status administrativo adquirido con el dictado de su Ley de creación determina que la propia Administración Gubernamental de Ingresos Públicos resulta competente para el dictado del acto administrativo que fije los nuevos montos de los premios, conforme lo dictaminado en Providencia Nº 58-DGCL-2010 de la Dirección General de Coordinación Legal de la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 14 de la Ley Nº 2603; EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: Artículo 1º.- Fíjanse, a partir del ejercicio 2010, los nuevos montos destinados a premiar a los ganadores del Concurso Anual de Artículos Científicos sobre: “Cambios demográficos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, cuya Autoridad de Aplicación es la Dirección General de Estadística y Censos, dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, según el siguiente detalle: - Primer premio: $ 5.000
- Segundo premio: $ 3.000
- Dos menciones: $ 1.500 cada una.
Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Estadística y Censos, dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Lic. Carlos G. Walter Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos AGIP-GCBA |