Buenos Aires, 3 de mayo de 2010

VISTO: El Convenio Marco de Colaboración N° 07/2008, el Convenio Específico Registrado en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires bajo el N° 4511 con fecha 21.08.08 homologado por Decreto N° 1498/08, la Ley 2603 y su Decreto Reglamentario N° 745/08, y

CONSIDERANDO:

Que conforme el Convenio Especifico suscripto entre el Ministerio de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio de Hacienda de la Provincia de San Luís se convino que este último prestara a la primera el desarrollo y realización de un servicio integral de relevamiento de información tributaria y asesoramiento para la determinación de la base imponible en jurisdicciones distintas al territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires a fin de optimizar la gestión tributaria en la Ciudad;

Que la dirección y ejecución del referido convenio específico por parte del Ministerio de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será responsabilidad del Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos y por parte del Ministerio de Hacienda de la Provincia de San Luís será de Servicios y Consultoría San Luís SAPEM cuya titularidad es de la Provincia de San Luís;

Que según el Anexo I que forma parte del presente tiene como objeto entre otros el relevamiento de información tributaria para la verificación y fiscalización de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y/o responsables domiciliados fuera de las jurisdicciones 901(Ciudad de Buenos Aires) y 902 (Provincia de Buenos Aires) que deben tributar en la Ciudad de Buenos Aires a fin de obtener mejores y mayores resultados fiscales;

Que SAPEM toma a su cargo en forma directa la prestación del servicio en la Zona Cuyo Centro conformada por las Provincias de San Luís, San Juan, Mendoza, La Rioja y Córdoba;

Que a los efectos de realizar las tareas de relevamiento de información tributaria resulta menester aceptar y designar al personal que a propuesta de SAPEM tendrán a su cargo las mismas, de acuerdo al marco de tareas identificadas en el Anexo I que forma parte de la presente y a quienes al efecto se les otorgará el poder correspondiente conforme lo señalado en el articulo 4° del Anexo del Convenio Marco.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,


EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL
DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE

Artículo 1°.- Acéptase y desígnase para el cumplimiento de las tareas de relevamiento de información tributaria identificadas en el Anexo I de la presente, en el marco del Convenio Especifico suscripto entre el Ministerio de Hacienda de la Ciudad de Buenos Aires y el Ministerio de Hacienda de San Luís, al Sr. LUIS MARIA NOTTA, DNI. Nº 24.944.752 para realizar sus tareas en la Zona Cuyo Centro cuya delimitación surge del Anexo I del Convenio Específico referido precedentemente.-

Artículo 2°.- Otórgase poder suficiente a favor del citado.-

Articulo 3°.- El poder referido en el Articulo 2° se otorga en nombre y representación de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para que actúe en forma conjunta, indistinta, sucesiva o alternada, a los efectos que realice las tareas de relevamiento de información tributaria identificadas en el Anexo I de la presente, en la Zona Cuyo Centro delimitada por las Provincias de San Luís, San Juan, Mendoza, La Rioja y Córdoba, en el marco del Convenio Especifico señalado en el Articulo 1°.-

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Escribanía General y a la Dirección General de Rentas dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido Archívese.


Lic. Carlos G. Walter
Administrador Gubernamental
de Ingresos Públicos
AGIP-GCBA


 

 

 

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