| Buenos Aires, 1 de junio de 2010 VISTO La Resolución Nº 430/SHyF/2001 (BOCBA Nº 1.170) y sus modificatorias y/o complementarias, y lo aconsejado por la Dirección General de Rentas, y CONSIDERANDO: Que se han realizado estudios pormenorizados con la finalidad de establecer la importancia de ciertos sujetos para ser incorporados en el universo de agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos; Que se entiende oportuno introducir modificaciones dentro del mencionado universo de responsables, por estrictas razones de interés fiscal; Por ello y atento a las facultades conferidas por le artículo 3º inciso 19 del Código Fiscal (t.o. 2010) y Art. 14 inciso c) de la ley 2603 B.O. Nº 2846; EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE Artículo 1º.- Incorporar a la Resolución Nº 430/SHyF/2001 (B.O. Nº 1170) y sus modificatorias a los sujetos cuyo listado resulta del Anexo I, el que a todos los efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 01/07/2010. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas. Cumplido, archívese. Lic. Carlos G. Walter Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos AGIP-GCBA |