La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) ha implementado un nuevo sistema de cancelación de oficio de la inscripción de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Esta metodología operará para los inscriptos bajo las Categorías Contribuyentes Locales, ante la falta de presentación de Declaraciones Juradas durante un período fiscal anual o 12 mensuales consecutivos (Res.584/AGIP/09 modificatoria de la Res.37/AGIP/08).
Asimismo para los contribuyentes inscriptos bajo la categoría Régimen Simplificado, se ha implementado la marca de “Baja de Oficio” cuando se verifique la falta de pago de 06 posiciones mensuales consecutivas (Res. 584/AGIP/09 modificatoria de la Res. 37/AGIP/08).Dicha situación podrá ser regularizada ingresando todas las posiciones adeudadas hasta la última vencida.
La baja para los inscriptos bajo la categoría Régimen Simplificado se efectivizará cuando la falta de pago ascienda a los 10 meses consecutivos.