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PLAN DE FACILIDADES PARA PEQUEÑAS DEUDAS
INMOBILIARIO/ABL, PATENTES, INGRESOS BRUTOS - REG. SIMPLIFICADO, PUBLICIDAD
 
ADHIÉRASE A LOS PLANES DE FACILIDADES POR INTERNET, SÓLO PARA DEUDAS DE INMOBILIARIO/ABL, PATENTES, ISIB-RÉGIMEN SIMPLIFICADO Y PUBLICIDAD

 

El monto máximo de deuda a adherir para los Planes Especiales de Facilidades con condonación de intereses resarcitorios, es de $ 30.000 nominal.

Este tope alcanza tanto a las deudas administrativas como para aquellas que se encuentren en gestión judicial.


Las administrativas sólo se pueden cancelar por Internet, en cambio las judiciales se efectúan a través de los mandatarios judiciales. En este último caso se condonan los resarcitorios, no así los punitorios que se calculan a la fecha de la adhesión. Téngase en cuenta también que deben abonar los honorarios de ley (7% al contado y 10% en cuotas)

 

Para acceder a la Resolucion Nº 249/AGIP/2008, haga click aquí.

Para acceder a la Resolucion Nº 250/AGIP/2008, haga click aquí.

Para acceder a la Resolucion Nº 509/AGIP/2008, haga click aquí.

Para acceder a la Resolución Nº 09/AGIP/2010, haga click aquí.

Para la Ley 2.880/08

Para Decreto 1.315/08/GCBA

Para preguntas frecuentes, haga click aquí.

 
 
RECUERDE QUE TAMBIÉN CUENTA CON PLANES DE FACILIDADES PERMANENTES


Los contribuyentes que registran deuda por las Contribuciones de Inmobiliario/ABL, Patentes y de Publicidad, al cobro en sede administrativa, como así también la que registren por los gravámenes antes referidos y por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en gestión judicial, puedan gozar de facilidades para su cancelación.
 

Estos planes permanentes alcanzan a las obligaciones que hubieran vencido con anterioridad al 1° de enero del año en que se produzca el acogimiento y siempre que mediara un plazo no inferior a 90 (noventa) días corridos entre su vencimiento y la presentación.
 

Se cancelan hasta el 60 cuotas, sin condonación de intereses.

Consulte la guía de trámites, en cada impuesto, para conocer los requisitos para adherir a estos planes.
 

Para acceder a la Resolución 2722/SHyF/2004, haga click aquí.