Intimaciones por falta de presentación de DDJJ Agentes de Recaudación

Objeto:

Con el objetivo de reducir la evasión, la AGIP implementa periódicamente procesos de gestión de información y control.

Efectuado el relevamiento en nuestra base de datos, se constató que no se registra el pago de las retenciones/percepciones practicadas en el periodo que se detalla en la intimación.

Acción del contribuyente:

Dentro del plazo establecido en la intimación, se deberá presentar la Declaración Jurada de las retenciones/percepciones practicadas en el período requerido. Generando el formulario F5225 mediante el aplicativo e-ARCIBA, tal como lo establece la Resolución 745-AGIP-2014

De corresponder, deberá efectuar el pago correspondiente  con más los intereses pertinentes de conformidad con el articulo 77 Código Fiscal (T. O. 2019, B.O.C.B.A. N° 5.578).