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La Contribución de Mejoras alcanza a los inmuebles ubicados en la zona de influencia de las nuevas estaciones de la red de Subterráneos, en los términos de la Ley Nacional 23.514/87. El responsable de la obligación es quien fuera titular de la partida al momento de la habilitación. Dicha fecha figura al frente, si usted no era titular, por favor genere una consulta web a través del apartado InfoAGIP. El importe se liquida de acuerdo a lo normado por el Decreto 508/97, prorrateando el costo del tramo o línea habilitado, en función de la cercanía a la boca de acceso correspondiente. La contribución es por única vez, a abonar en 1 o 5 cuotas según el monto.

Preguntas Útiles

El responsable de la obligación es quien fuera titular de la partida o poseedor a título de dueño del inmueble al momento de la habilitación de cada línea o tramo de la red de subterráneo.

El pago de la Contribución de Mejoras vence en el mes de octubre de cada año. Dependiendo del monto se emite una única boleta cuyo pago se hace por única vez o se fracciona en 5 cuotas con vencimientos anuales consecutivos.

Para conocer las distintas alternativas ingrese a Cómo Pagar.

Los sujetos que al momento de la habilitación gozaran de una exención total o parcial de Inmobiliario/ABL, gozarán del mismo beneficio sobre esta contribución.

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