Este tributo grava la publicidad efectuada mediante anuncios en la vía pública, o que se perciben desde la vía pública, o en lugares de acceso público, en estadios de fútbol de primera división, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen espectáculos públicos, en estaciones de subterráneos y en vehículos. Es de carácter anual y los valores a pagar son establecidos de acuerdo a la Ley Tarifaria vigente según las diversas clases, tipos y características.

Preguntas Útiles

Si opta por el pago de la Cuota Anual de Publicidad obtiene un 15% de descuento.

La Cuota Anual tiene una sola fecha de pago pasada la cual sólo se puede abonar en cuotas.

Puede obtener las boletas de pago desde Tu Boleta.

Desde Tu Boleta podrá encontrar toda la información sobre su estado de cuenta.

Las solicitudes de altas de anuncios publicitarios se inician por la plataforma TAD (Trámites a Distancia) ante la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano (DGCDPU) dependiente del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, quienes luego de la habilitación remiten la información de empadronamiento del cartel para el alta fiscal.

Una vez registrada la novedad en los padrones de AGIP se notifica al contribuyente del número de identificación correspondiente y las modalidades de pago de la Contribución por Publicidad.

Realice la baja fiscal de su anuncio publicitario activo de manera online con Clave Ciudad.

Es importante tener en cuenta que al momento de declarar la baja, el Anuncio Publicitario no debe estar emplazado en la vía pública, ya que de comprobar esta situación se denegará dicha solicitud.

La transformación o readecuación del anuncio publicitario que implique un cambio de uso o destino, lo obliga a presentar la baja del mismo y realizar un alta nueva con las particularidades correspondientes.

Si es Gran Contribuyente podrá obtener con Clave Ciudad una boleta unificada, completando una Declaración Jurada a través del servicio denominado "Grandes Contribuyentes AP, ABL, PAT".

Si es la primera vez que ingresa deberá primero adherir el servicio denominado "Grandes Contribuyentes Anuncios Publicitarios, ABL y Patentes desde 09/2015 en adelante".

Acceda a un tutorial paso a paso para generar la declaración jurada.

El trámite de Alta, Baja o Modificación de la adhesión a Débito Automático, ya sea en cuenta bancaria o por de tarjeta de crédito, se realiza exclusivamente a través de la entidad bancaria o emisora de la tarjeta.

Dicha entidad comunica luego a esta Administración el Alta, Baja o Modificación, según corresponda, a fin de regularizar la situación en el Padrón correspondiente.

Recuerde que esta actualización de datos puede demorar en impactar en nuestros registros. Para evitar incumplimientos de pago sobre la Adhesión al Débito Automático puede consultar el estado de deuda desde la sección "TU BOLETA".

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