Buenos Aires, 22 de agosto de 2012

 VISTO:

Los términos de la Ley N° 2603; el Código Fiscal vigente (t. o. 2012), la Resolución Nº 963/AGIP/2011 (BOCBA N° 3.803), y lo aconsejado por la Dirección General de Rentas y,

 CONSIDERANDO:

 Que la Ley N° 2603 en su artículo 14, inciso c) confiere al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos la atribución de designar agentes de percepción, retención, recaudación e información tributaria y la implementación de nuevos regímenes;

Que siendo la figura de los agentes de recaudación una herramienta eficaz para ejercer el control y alcance de altos niveles de cumplimiento de las obligaciones tributarias, y habiéndose realizado estudios pormenorizados sobre las actividades desarrolladas por ciertos sujetos, resulta conveniente su incorporación en el universo de agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias

 EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

 Artículo 1 - Incorporar a la Resolución N° 963/AGIP/2011 (BOCBA N° 3.803) a los sujetos cuyo listado resulta del Anexo I, el que a todos los efectos forma parte integrante de la presente.

 Artículo 2 - La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 01/10/2012.

 Artículo 3 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta Dirección General para su conocimiento y demás efectos. 

 Lic. Carlos G. Walter
Administrador Gubernamentalde Ingresos Públicos

AGIP-GCBA