Buenos Aires, 15 de marzo de 2013

 VISTO:


Los términos de la Ley N° 2603; el Código Fiscal vigente (t. o. 2012) y modificatorias, la Resolución Nº 987/AGIP/2012 (BOCBA N° 4.064), y lo aconsejado por la Dirección General de Rentas y,

CONSIDERANDO:
 

Que la Ley N° 2603 en su artículo 14, inciso c) confiere al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos la atribución de designar agentes de percepción, retención, recaudación e información tributaria y la implementación de nuevos regímenes;

 Que siendo la figura de los agentes de recaudación una herramienta eficaz para ejercer el control y alcance de altos niveles de cumplimiento de las obligaciones tributarias, y habiéndose realizado estudios pormenorizados sobre las actividades desarrolladas por ciertos sujetos, resulta conveniente su incorporación en el universo de agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

 Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias

 
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE
 
 Artículo 1.- Incorporar al Anexo II de la Resolución N° 987/AGIP/2012 (BOCBA N° 4.064) a los sujetos cuyo listado resulta del Anexo I, el que a todos los efectos forma parte integrante de la presente.
 
Artículo 2.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 01/04/2013.
 
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta Dirección General para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.
 
 Lic. Carlos G. Walter
Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos
AGIP-GCBA