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Este trámite permite solicitar la exención total o parcial del Inmobiliario/ABL a Jubilados y Pensionados que reúnan las siguientes condiciones conforme lo establecido en el Título IV, Capítulo VI "DE LAS EXENCIONES" del Código Fiscal Vigente:

- Ser propietario, condómino o usufructuario de un único bien inmueble destinado a vivienda propia, o inquilino de un inmueble para su uso personal y asumir la obligación de pago de la contribución.

- Ocupar efectivamente el inmueble.

- No ser titular de dominio o condómino de otro inmueble urbano o rural, en el ámbito del territorio nacional.

A continuación se detallan los porcentajes de exención conforme los topes establecidos:

100%   Valuación Fiscal (base) $ 75.000,00  
   Haberes $125.310,00  
75%   Hasta + 50% Valuación Fiscal $ 112.500,00  
Haberes $ 125.310,00  
 
alternativa  
Valuación Fiscal (base) $ 75.000,00  
  $ 187.965,00  
Hasta + 50% Haberes
50%   Hasta 50% + Valuación Fiscal Base $ 112.500,00  
$ 187.965,00  
Hasta  50% + Haberes
25%   Hasta 75% + Valuación Fiscal Base $ 131.250,00  
  Haberes $ 125.310,00  

Importante: Recuerde dar de baja su exención en caso de corresponder. Podrá verificar cuándo procede y realizarla desde "Inmobiliario/ABL - Cese de Exención Jubilados y Pensionados". 

EL PESO TOTAL DE LOS ARCHIVOS DEBE SER INFERIOR A 9,57 MB (9.800 KILOBYTES). SI SE EXCEDE ESE VOLUMEN, AL FINALIZAR E INTENTAR ENVIAR EL FORMULARIO, LE APARECERÁ UN ERROR.

Este trámite permite solicitar la exención total o parcial del Inmobiliario/ABL a Jubilados y Pensionados que reúnan las siguientes condiciones conforme lo establecido en el Título III, Capítulo VI "DE LAS EXENCIONES" del Código Fiscal Vigente:

 - Ser propietario, condómino o usufructuario de un único bien inmueble destinado a vivienda propia o inquilino de un inmueble para su uso personal y asumir la obligación de pago de la contribución.

 - Ocupar efectivamente el inmueble.

 - No ser titular de dominio o condómino de otro inmueble urbano o rural, en el ámbito del territorio nacional.

A continuación se detallan los porcentajes de exención conforme los topes establecidos:

A continuación se detallan los porcentajes de exención conforme los topes establecidos:

100%   Valuación Fiscal (base) $ 75.000,00  
   Haberes $125.310,00  
75%   Hasta + 50% Valuación Fiscal $ 112.500,00  
Haberes $ 125.310,00  
 
alternativa  
Valuación Fiscal (base) $ 75.000,00  
  $ 187.965,00  
Hasta + 50% Haberes
50%   Hasta 50% + Valuación Fiscal Base $ 112.500,00  
$ 187.965,00  
Hasta  50% + Haberes
25%   Hasta 75% + Valuación Fiscal Base $ 131.250,00  
  Haberes $ 125.310,00  

¿Qué información se requiere para realizar este Trámite Presencial?
 - Documento Nacional de Identidad actualizado (D.N.I., L.E. o L.C.; C.I. solo para extranjeros) del beneficiario: Original y fotocopia. (El domicilio debe coincidir con la propiedad por la que solicita la exención).
 - Escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando correspondan, ambas, inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble: Original y fotocopia.
 - Si es inquilino o usufructuario, Contrato de locación vigente en el que conste la obligación de pago: Original y fotocopia. Además, fotocopia de Escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando correspondan, ambas, inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble.
 - Último recibo de haber jubilatorio y/o pensión: Original y fotocopia.
 - Último comprobante de pago de la contribución: Original y fotocopia.
 - Formulario "Solicitud de Exención Jubilados y/o Pensionados - Inmobiliario/ABL" que podrá descargar al pie de esta página.

¿Quiénes pueden hacer este Trámite Presencial?

- Titular/Beneficiario:
   - Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.; C.I. solo para extranjeros): Original y Fotocopia.

- Representante: 
   - Autorización del titular con certificación de su firma: Original y Fotocopia
   - Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.; C.I. solo para extranjeros): Original y Fotocopia.

- Apoderado:
   - Poder suscripto ante Escribano Público: Original y Fotocopia.
   - Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.; C.I. solo para extranjeros): Original y Fotocopia.

Observaciones:
Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma, deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.

Importante:
Recuerde dar de baja su exención en caso de corresponder. Podrá verificar cuándo procede y realizarla desde "Inmobiliario/ABL - Cese de Exención Jubilados y Pensionados". 

Realice el trámite en las Delegaciones AGIP en las Sedes Comunales. Para realizar este trámite deberá sacar un turno.